ABRIENDO
PUERTAS. Comentando STS, del Tribunal Supremo, 126/2018, lazos familiares
Tras unas semanas de mucho
trabajo vuelvo a publicar, a veces es imposible escribir puesto que unido al
trabajo tengo que viajar de un lugar para otro lo cual no me permite tener tiempo
para pensar sobre qué contaros y menos aún para desarrollarlo correctamente.
En esta ocasión tenía muy
claro el tema sobre el que iba a escribir porque lo considero un tema
interesante y muy justo, ya que de justicia estamos hablando.
Recientemente era publicada
Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, 126/2019, de 1 de marzo
de 2019, sentencia que ha llegado por novedosa a todos los medios de
comunicación.
¿Qué situación se conoce en
la Sentencia?
Nos hallamos ante una
situación nuevamente muy cotidiana, una pareja se conoce y se enamora, ambos
tienen hijos pequeños de una relación anterior, la pareja rompe tras años de
convivencia.
Una de las partes pretende acabar
con los lazos que los menores han creado no sólo hacía quien hasta el momento
ha ejercido como su padre/madre sino también con quien el pequeño/a considera hasta
ese momento como su hermano/a.
¿Y qué plantea esta
sentencia?
Lo más destacable en esta
sentencia es como en aras al interés superior del menor se mantiene un régimen
de visitas otorgado a un allegado, en este caso a quien hasta el momento había
ejercido como padre de la misma, lo cual también facilitaba la relación entre
hermanas.
"lo más
recomendable hubiese sido darle tiempo para que puedan asimilar los cambios y
construir su relación sin cortar los lazos con quien para ella era realmente su
padre".
No podemos olvidar que los menores
NUNCA son parte en las rupturas y por lo tanto no es beneficioso para ellos el
hecho de romper de forma brusca las relaciones con sus allegados y personas
queridas.
Debemos ser conscientes que
la supresión radical de las visitas y comunicaciones de los menores con sus referentes
afectivos y personas queridas no supone nunca una ventaja sino todo lo
contrario.
Y para terminar, he de decir
que aplaudo la citada sentencia, son muchos los allegados de los menores que
ven cortada su relación con los mismos, sufriendo con esta situación tanto
ellos como los pequeños que no la eligieron.
Inmaculada García
Gilarte.
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