FASE 1. ¿QUÉ DESPLAZAMIENTOS ESTÁN PERMITIDOS?

Continuamos viviendo una situación de desconcierto por lo que hoy voy a intentar responder a unas preguntas muy realizadas en estos últimos días por familiares, amigos y clientes con motivo del cambio de fase 0 a fase 1, que serían las siguientes: ¿el cambio de fase implica que podemos movernos libremente? ¿Tengo que continuar respetando los horarios para pasear, hacer deporte, etc?

El artículo 7 de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, nos da unas nociones mínimas al respecto.

En la fase 1 vamos a poder circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia con libertad pero siempre respetando las medidas adoptadas anteriormente puesto que no han cambiado ni los horarios ni el resto de medidas.

¿Puedo desplazarme a otra parte del territorio nacional?

No, estos desplazamientos únicamente se llevarán a cabo por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

Pero eso sí, si usted tiene una segunda residencia en su provincia y la misma se encuentra en fase 1 puede acudir a la misma. En este caso los horarios no se han determinado por lo que a priori puede hacer dichos desplazamientos  cuando considere oportuno.

OJO! Aquí tendremos que tener en cuenta la flexibilización realizada en la Orden SND/386/2020, respecto al uso compartido de vehículos privados, en los cuáles se permite únicamente que circulen un conductor y un ocupante ( en caso de no ser convivientes entre ellos), teniendo además que ir en la parte trasera del vehículo. Permitiéndose que las personas que residan en la misma vivienda puedan compartir el vehículo con la única limitación (lógica) de ocupar solamente las plazas autorizadas para el mismo.

          Una vez, nos hallamos con multitud de lagunas, de cuestiones sin resolver que deberán ser analizadas y estudiadas.

          Ánimo, lo estamos consiguiendo.


Inmaculada García Gilarte.
Abogada.
Socia fundadora de Meraki Lex Abogad@s.

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