FASE 3. MEDIDAS DE CARÁCTER
SOCIAL
Por
suerte actualmente las calles se llenan de vida y volvemos poco a poco a la
normalidad, eso sí, sin olvidar nunca protegernos y proteger a los que nos
rodean respetando las medidas de higiene así como la distancia social
establecida, para todos está teniendo un coste muy alto está crisis sanitaria
tanto a nivel económico como personal, seamos responsables no solo tu salud
está en juego, sé solidario.
Esta
semana continuamos con la exposición de las medidas adoptadas en la
desescalada, concretamente con las restricciones de ámbito nacional
establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase
3 conforme a la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo.
Como
todos los lunes arrancamos con la flexibilización de medidas de carácter social
y a lo largo de la semana expondremos otros extremos de interés.
Se
eliminan la reserva de franja horaria a colectivo alguno para circular por la
provincia isla o unidad territorial aunque para desplazarse a otra parte del
territorio nacional aún debe tratarse de algunas de las excepciones que lo
justifiquen tales como motivos sanitarios, laborales, profesionales o
empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado
de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o
situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
A
efectos de las reuniones se establece un máximo de 20 personas por grupo, salvo
en el caso de que sean convivientes.
Para
los velatorios o entierros se establece un límite máximo de 50 personas en
espacios al aire libre o de 25 personas en espacios cerrados, sean o no
convivientes. OJO! Para la participación en la comitiva para el enterramiento o
despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de
50 personas.
Las
ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, tanto al
aire libre como en espacios cerrados siempre que no se supere el 75% del aforo
de lugar, y en todo caso siempre con un máximo de 150 personas en espacios al
aire libre o de 75 personas en espacios cerrados.
Espero
que os haya servido de ayuda, como sabéis hay numerosas lagunas en las órdenes
dictadas por ello ante cualquier duda debéis consultar con un profesional.
Inmaculada García Gilarte.
Abogada.
Socia fundadora de Meraki Lex Abogad@s
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